¿Cuáles son los derechos de los abuelos sobre los nietos?

Derechos de los abuelos sobre los nietos

Con bastante frecuencia, los abuelos se preguntan si es posible mantener contacto con sus nietos pese a la negativa de los padres, tras su divorcio o, incluso, después del fallecimiento de uno de los progenitores.

En la legislación española, el régimen de visitas tiene una gran relevancia. Así, los abuelos tienen derecho a ver a sus nietos, según las condiciones establecidas por ley, si no existen causas que avalen lo contrario.

Este concepto se introdujo en el Código Civil en el año 2003 y, desde entonces, se garantiza el derecho de los abuelos de relacionarse con sus nietos, a través del régimen de visitas, ya que se considera fundamental para el desarrollo de los menores.

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¿Cuáles son los derechos de los abuelos? ¿Puede un abuelo exigir ver a su nieto?

El Código Civil español, específicamente en su artículo 160.2, establece que no se puede impedir que los menores se relacionen con los abuelos, hermanos y otros parientes cercanos, sin justa causa.

Para poder ejercer este derecho, los abuelos y demás parientes pueden interponer una demanda en la cual se reclame su derecho a visitar a los menores. En la práctica, este derecho puede ser otorgado o denegado si existe una causa justa que perjudique el desarrollo y la salud mental y física de los menores.

En caso de divorcio, es posible incluir en el convenio regulador el régimen de visitas, según lo establecido en el artículo 90.1.b) del Código Civil.

Si no se contempla el régimen de visitas en el proceso de divorcio, los abuelos lo pueden solicitar, judicialmente, en cualquier momento y será el juez quien decida en función del interés superior del menor.

Si se produce por cualquier otro tipo de situación o conflicto familiar diferente al divorcio, los abuelos pueden solicitar el derecho de visitas, comunicaciones y estancia con sus nietos.

¿Qué criterios tendrá en cuenta el juez para fijar el régimen de visitas de los abuelos?

El criterio principal tomado en cuenta será si dicho régimen de visitas garantiza el interés superior del niño. Otros de los criterios que se valorarán son:

  • La edad del menor, dado que los regímenes de visitas dependen de la edad de cada uno.
  • La relación que existe entre los niños y sus abuelos. Especialmente, si los nietos no conocen bien a sus abuelos por la falta de relación previa. En estos caso, el juez deberá valorar las razones de la ausencia de dicha relación y si conceder el permiso de visita podría ser contraproducente para la estabilidad emocional de los niños.
  • Si los nietos han estado en casa de sus abuelos varios días seguidos en alguna ocasión.
  • La situación actual de los progenitores. El juez tendrá en consideración el régimen de visitas del progenitor que no tenga la custodia, en casos de custodia monoparental tras un divorcio.

¿En qué consiste el régimen de visitas de los abuelos?

En la mayoría de los casos, siempre que no haya una justa causa para denegar las visitas a los abuelos, el juez concederá un régimen de visitas a favor de los abuelos. En la práctica esta concesión siempre deberá favorecer al desarrollo personal y psicológico de los menores.

Uno de los aspectos más importante que se evalúan a la hora de establecer el régimen de visitas entre abuelos y nietos es si los progenitores del menor se encuentran divorciados. De ser así, también se tomarán en consideración si los padres tienen custodia compartida o custodia exclusiva, para tener presente el tiempo que los hijos pasan con sus padres.

El régimen de visitas de los abuelos debe ir acorde a las circunstancias personales de las partes. En este sentido, se puede establecer un régimen de visitas amplio, progresivo o restringido.

  • Un régimen de visitas amplio, puede contemplar un fin de semana al mes, dos días en navidades, dos días en Semana Santa y una semana en verano.
  • El régimen de visitas también puede ser progresivo, a medida que el nieto vaya cumpliendo años.
  • Un régimen de visitas más restringido se traduce en un fin de semana al mes, durante unas horas, dos días en Navidades, dos en Semana Santa y dos en verano, pero sin pernoctar.

En todo caso, se recomienda a los abuelos que, por distintas razones, se les impide el contacto con los nietos, recurrir a un abogado especializado que además de ofrecer una asesoría, preste sus servicios en pro de garantizar la relación de los mismos con sus nietos.

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