¿Qué se entiende por accidente de trabajo y qué indemnización se puede reclamar?

Accidente trabajo

Un accidente de trabajo puede dar derecho a distintas prestaciones e indemnizaciones, según el daño sufrido y la situación de baja laboral que provoque.

Para reclamar con éxito, es importante distinguir el concepto legal de accidente de trabajo, identificar la contingencia concreta y encajarla en la prestación o indemnización correspondiente, así como comprobar si concurre incumplimiento de las medidas de prevención por parte del empresario que agrave o complemente las cuantías a percibir.

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¿Qué se entiende por accidente de trabajo?

De acuerdo con el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social, se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo por cuenta ajena, siempre que exista relación de causalidad entre la actividad laboral y el daño producido.

Existe, además, una presunción a favor del trabajador con respecto a las lesiones ocurridas en el tiempo y lugar de trabajo, salvo prueba en contrario.

El concepto de accidente de trabajo incluye también los siguientes supuestos:

  • El accidente en el trayecto de ida o vuelta al trabajo (accidente in itinere),
  • Los acaecidos al desempeñar cargos sindicales.
  • Los producidos al ejecutar órdenes empresariales o en interés de la empresa.
  • Los derivados de actos de salvamento vinculados al trabajo.
  • La agravación de patologías preexistentes por efecto de la lesión.
  • Las enfermedades que no hayan sido expresamente incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales, cuando el trabajador las haya contraído realizando su trabajo, y cuya única causa sea la ejecución del mismo.

Quedan fuera del concepto de accidente de trabajo los supuestos debidos a fuerza mayor extraña al trabajo o a dolo o imprudencia temeraria del trabajador.

En cuanto al accidente que se produce por un exceso de confianza adquirida en el desempeño habitual de la tarea (accidente por imprudencia profesional), se considera accidente de trabajo si existe nexo causal entre lesión y trabajo y no concurre ninguna causa excluyente, como que haya habido imprudencia temeraria o dolo, o que el accidente se deba a fuerza mayor ajena al trabajo.

¿A qué tipo de indemnizaciones puede dar lugar un accidente de trabajo?

Un mismo accidente puede originar distintas prestaciones de la Seguridad Social y, de concurrir responsabilidad empresarial, indemnizaciones adicionales compatibles. 

A efectos didácticos, pueden agruparse en cinco bloques, según la naturaleza de la situación y del daño producido: incapacidad temporal, incapacidad permanente, lesiones permanentes no invalidantes, responsabilidad empresarial por incumplimientos preventivos e indemnizaciones por muerte con pensiones de viudedad y de orfandad.

Además, muchos convenios colectivos imponen la contratación de seguros que abonan cantidades fijas en casos de fallecimiento o de incapacidad permanente por accidente de trabajo, compatibles con las anteriores prestaciones, cuya cuantía exacta depende de las condiciones pactadas en el convenio aplicable.

¿En qué consiste la indemnización por incapacidad temporal?

La incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo da derecho a un subsidio económico mientras dura la baja médica. La cuantía ordinaria es el 75 % de la base reguladora desde el día siguiente al hecho causante, abonándose el salario íntegro del día del accidente por la empresa.

Cuando la causa de la incapacidad temporal es un accidente de trabajo, no se exige periodo previo de cotización para acceder a la prestación.

El abono lo efectúa la empresa como pago delegado y es reintegrado por la mutua colaboradora o la entidad gestora, aunque en algunos casos el pago puede ser directo.

La duración máxima de la prestación por incapacidad temporal es de 365 días, prorrogables 180 días adicionales cuando se prevea curación, y se extingue por alta médica, reconocimiento de incapacidad permanente, jubilación, fallecimiento u otras causas previstas en la ley.

¿En qué consiste la indemnización por incapacidad permanente?

Cuando, una vez agotada la incapacidad temporal o por evolución clínica, se constata una reducción o anulación de la capacidad laboral que se presume definitiva, se puede declarar incapacidad permanente en uno de estos grados, con su correspondiente prestación económica:

Excepcionalmente, en el caso de la incapacidad permanente total se puede sustituir la pensión por una indemnización a tanto alzado cuando la persona beneficiaria es menor de 70 años, si se cumplen los requisitos legales.

El acceso a la incapacidad permanente por accidente de trabajo no exige cotización previa.

¿Cuánto se puede cobrar de indemnización por lesiones permanentes no invalidantes?

Si el accidente deja una lesión, mutilación o deformidad definitiva que afecta a la integridad física pero no impide el desempeño de la profesión habitual, procede una indemnización a tanto alzado conforme al baremo específico oficial de la Seguridad Social, que actualmente está incorporado como anexo en la Orden ISM/450/2023, de 4 de mayo.

La cuantía depende del tipo de secuela y de su entidad, se abona en un único pago, es compatible con continuar en el puesto de trabajo y es, con carácter general, incompatible con la incapacidad permanente, salvo que se trate de lesiones totalmente independientes entre sí.

¿En qué consiste la indemnización por muerte en caso de accidente de trabajo?

El fallecimiento por accidente de trabajo activa las prestaciones por muerte y supervivencia a favor de la familia del fallecido. 

Pueden incluir pensión de viudedad, pensión de orfandad y, en su caso, prestaciones a favor de otros familiares cuando concurran los requisitos. La cuantía de estas pensiones se calcula aplicando a la base reguladora los porcentajes previstos legalmente para cada contingencia y beneficiario, pudiendo coexistir con indemnizaciones a tanto alzado si así lo establece la normativa o el convenio colectivo aplicable:

  • La pensión de viudedad consiste, en general, en una cuantía del 52 % de la base reguladora, aunque en algunos casos puede consistir en el 60 % (si el beneficiario tiene 65 años o más y sus ingresos no superan el umbral legal) o en el 70 % (si hay cargas familiares y se cumplen otras condiciones).
    • A todo ello se puede sumar el recargo del 30 % al 50 % si hubo responsabilidad empresarial, y también una indemnización a tanto alzado, por haberse debido la muerte a un accidente de trabajo.
  • La pensión de orfandad, en términos generales, da derecho al 20 % de la base reguladora para cada hijo y a una indemnización a tanto alzado adicional.

Son beneficiarios el cónyuge o pareja de hecho que cumpla los requisitos legales, los hijos que reúnan las condiciones de edad o incapacidad exigidas y, en supuestos tasados, determinados familiares que dependieran económicamente de la persona fallecida.

¿En qué afecta a la indemnización que el empresario haya sido responsable?

Además, si el accidente trae causa de la falta de medidas de seguridad o de incumplimientos en prevención de riesgos laborales, las consecuencias económicas pueden incrementarse por dos vías principales:

  • Recargo de prestaciones de la Seguridad Social, que aumenta entre un 30 % y un 50 % las prestaciones reconocidas por accidente de trabajo, con cargo directo al empresario infractor.
  • Responsabilidad civil por daños y perjuicios, reclamable ante la jurisdicción competente, compatible con las prestaciones públicas y cuantificable de acuerdo con criterios técnicos. Normalmente se calcula acudiendo de forma orientativa a distintos baremos indemnizatorios establecidos para valorar días de baja, secuelas, perjuicio estético y perjuicios económicos.
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