¿Al renunciar a la herencia del padre hay derecho a la herencia del abuelo?

Al renunciar a la herencia del padre hay derecho a la herencia del abuelo

Los herederos de una persona tienen la libertad de aceptar la herencia. Esa aceptación debe hacerse de manera expresa. De manera independiente a la existencia de un testamento, la renuncia a una herencia nunca debe ser tácita.

Una vez que la persona fallece, existe un plazo de seis meses en que se debe pagar el impuesto a las sucesiones.

La herencia puede aceptarse a beneficio de inventario, pero hoy en día una décima parte de los herederos renuncia a su herencia. 

Podemos ayudarle

En Simarro & García Abogados encontrará abogados especialistas en herencias en Murcia. Si necesita un despacho con amplia experiencia en la materia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

Contacte con nosotros

Razones por las que se renuncia a la herencia

Muchas de las razones de la renuncia a una herencia se relacionan con la crisis económica del país y con las complicaciones que se encuentran en cuanto a las sucesiones.

Las causas habituales son:

  • Las deudas del fallecido: cuando las deudas superan al patrimonio con que se cuenta, ante un saldo negativo se suele renunciar a esa herencia.
  • El impuesto de sucesiones: este impuesto tiene consecuencias fiscales y se calcula sobre el valor neto de la herencia. La valoración de los inmuebles no ha evolucionado en concordancia a los valores de los impuestos de las sucesiones, por lo que los herederos han debido afrontar pagos altos en este sentido en relación a los inmuebles heredados. Por ello se han dado renuncias a las herencias, motivadas por el estallido de la burbuja inmobiliaria.
  • Las deudas del heredero: cuando hay deudas en uno o varios herederos existe la posibilidad de que la herencia quede en manos de sus acreedores. Por ello el heredero con deudas renuncia de manera voluntaria para que esa herencia se reparta entre el resto de los herederos sin afectar con su deuda.
  • Causas personales: hay oportunidades donde una herencia se rechaza por motivos personales, emocionales, referidos a la relación de quién falleció y quien recibe la herencia.

Renuncia a la herencia de los padres vivos

Se debe aclarar que no es posible renunciar a una herencia futura antes del fallecimiento, por ejemplo, de los padres.

Una vez que la persona haya fallecido se puede ejercer la facultad de repudiar su herencia. Se realiza después de la muerte de la persona de quien se hereda.

Lo que es indispensable es que quien renuncia conozca con certeza que el testador ha fallecido, que se ha abierto el acto sucesorio y que tiene cierto derecho sobre esa herencia.

Con el fin de acreditar esa situación, se debe presentar el certificado de defunción del causante, exponer sus últimas voluntades y una copia del testamento vigente.

A falta de un testamento, o cuando no fuera válido, es necesario un acta de notario donde se declare a los herederos ab intestado. Si no hubiera un certificado de defunción no se puede realizar ningún trámite relacionado a la herencia.

Renunciar a la herencia de los padres

Entre las causas que se pueden considerar en cuanto a renunciar a la herencia de los padres se pueden mencionar dos casos: 

Cuando no se redactó un testamento

Este es el caso más común. Si la persona fallecida no hubiera dejado nada testado, quien renuncie a la herencia de sus padres, que son los ascendientes en primer grado, deja sin herencia a sus descendientes también.

Los hijos de quien renuncian pierden el derecho a la herencia también.

Una persona no tiene que renunciar a la herencia de sus abuelos si previamente no lo han hecho sus padres. 

Cuando hay testamento

En el supuesto de que haya un testamento, se debe conocer su contenido.

En esta situación existe una denominación que se conoce como la “sustitución vulgar”. Mediante esta sustitución quien otorga el testamento en general determina sustitutos a los herederos.

Y se presentan aquí tres casos a analizar:

  1. La premoriencia: se refiere a la sobrevivencia del testador respecto del heredero.
  2. La renuncia: el heredero repudia la herencia, sin importar los motivos que lo llevan a hacerlo.
  3. La incapacidad: la Ley establece que ciertos herederos no son capaces para heredar.

En estos casos se nombraría herederos a los descendientes. Los hijos y sus descendientes serían sustituidos.

En este caso quienes son elegidos también deberían renunciar a esa herencia, si así lo decidieran.

La renuncia del padre a la herencia, ¿cómo afecta a sus hijos?

Cuando no hay testamento

Entraríamos en lo que se denomina sucesión intestada, y en este caso los hijos no tendrían derechos de sucesión de sus abuelos y no tienen que aceptar ni repudiar la herencia.

Se trataría de un derecho de representación, es decir, el que tienen los familiares de una persona para suceder en los derechos.

Sin embargo, no es posible suceder a una persona viva salvo en supuestos de desheredación o de incapacidad, según el artículo 929 del Código Civil.

Cuando sí hay testamento

El artículo 774 de nuestro Código Civil, establece lo siguiente:

Puede el testador sustituir una o más personas al heredero o herederos instituidos para el caso en que mueran antes que él, o no quieran, o no puedan aceptar la herencia.

(...)

Artículo 774 del Código Civil

Para evitar conflictos, es importante que el testador nombre específicamente al heredero beneficiario de la sustitución, y establezca que dicha sustitución se producirá únicamente en caso de que el heredero instituido fallezca antes que el propio testador.

De esta forma se evitaría que, si un heredero renuncia a la herencia, esta renuncia no afecte a sus propios hijos.

¿De quién heredan los nietos cuando el padre fallece antes que el abuelo?

Hay que comenzar por aclarar que en España y regulado por ley, los nietos tienen derechos sobre la herencia de los abuelos, cuando el padre o la madre haya fallecido.

Con ello, los derechos hereditarios que el padre hubiese recibido de su padre en caso de que el abuelo hubiese fallecido, pasarán de forma legal a sus hijos, es decir, los nietos del abuelo fallecido.

Como estamos viendo, estos derechos hereditarios siguen una línea recta descendente, de abuelos a hijos y a nietos.

De esta forma y aunque el abuelo que ha fallecido tenga hijos vivos, los nietos que son hijos de uno de los hijos del abuelo, tendrán derecho a heredar la parte de la herencia que hubiese recaído en su padre o madre, en caso de que estuviese vivo o viva.

Concertar cita
Puede llamarnos al 968 73 35 10 o dejarnos su nombre y teléfono para que nos pongamos en contacto con usted a fin de concertar cita para su consulta.

    Al contactarnos acepta que tratemos sus datos según nuestras Condiciones de Uso y Privacidad. Más informaciónLos recogemos para responder su consulta, siendo la base legal nuestro interés legítimo en atender y responder a nuestros usuarios. No compartiremos sus datos con terceros, salvo obligación legal. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según nuestras Condiciones de Uso y Privacidad.

    ¿Por qué debería escogernos?
    Atención personalizada
    Opción de pago a plazos
    Rápida respuesta
    Abogados especialistas
    ¿Dónde encontrarnos?
    C/ Portillo de San Antonio Nº6 8ºA 30005 Murcia, Región de Murcia 968 73 35 10 [email protected]
    Abrir chat
    1
    💬 ¿Necesita ayuda?
    Hola!!

    Indíquenos su nombre, número de teléfono de contacto y motivo de consulta para que contactemos con usted.

    Escoja la franja horaria en la que prefiere que le llamemos ( mañanas de 9:30 a 14:30 o tardes de 16:00 a 19:00 )