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Procedimiento Penal de Menores en Murcia
Si una persona menor de edad (de entre 14 y 18 años) comete un acto delictivo, se le aplica una responsabilidad penal específica con unas normas diferentes y con unas consecuencias penales inferiores que para las personas adultas.
Según el artículo 19 del Código Penal español:
Los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código.
Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule la responsabilidad penal del menor.
La responsabilidad penal del menor se regula con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Ante un procedimiento penal de menores de edad, es fundamental contar con los servicios de un abogado a la mayor brevedad posible para que le ayude a proteger sus derechos.
Podemos ayudarle
En Simarro & García Abogados contamos con abogados penalistas en Murcia especializados en delitos de menores que buscarán la solución más favorable posible para sus intereses.
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