El derecho de usufructo está ampliamente regulado en el Código Civil, dada la especial trascendencia de este derecho real por el que una persona que no tiene la propiedad de una vivienda sí cuenta con el derecho a disfrutarla.
Descubre a continuación cuáles son los derechos y obligaciones del usufructuario de una vivienda.
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Contacte con nosotros¿Cuáles son los derechos del usufructuario de una vivienda?
Los artículos 471 y siguientes del Código Civil contemplan los derechos del usufructuario, y también cabe citar el artículo 107 de la Ley Hipotecaria.
En el caso del usufructuario de una vivienda, cabe destacar los siguientes derechos:
Uso y disfrute de la vivienda
En primer lugar, el usufructuario es la persona que tiene derecho a disfrutar de la vivienda. El nudo propietario mantendrá su derecho de propiedad, pero no podrá hacer uso del inmueble en tanto permanezca vigente el derecho de usufructo.
Enajenar su derecho de usufructo
También puede el usufructuario donar o vender el propio usufructo a un tercero, sin que el nudo propietario pueda impedirlo.
Alquilar el inmueble
El usufructuario tiene derecho a alquilar la vivienda, o bien alquilar alguna habitación de la misma.
Obtener beneficio de la vivienda
El artículo 471 del Código Civil establece que el usufructuario tiene derecho a percibir todos los frutos naturales, industriales y civiles de los bienes usufructuados. Por lo tanto, en el caso de una persona que tiene una vivienda en usufructo, puede por ejemplo alquilarla y quedarse con el dinero obtenido de la renta.
Otro ejemplo sería que se tratara de una finca con árboles que dieran algún tipo de fruto. El usufructuario podría venderlos y aprovecharse de las ganancias.
Hacer mejoras
Otro de los derechos del usufructuario es hacer mejoras en el inmueble, hablando el Código Civil específicamente de mejoras útiles o de recreo, y con el límite de que no altere su forma o sustancia. Por ejemplo, el usufructuario de un chalet puede construir una piscina en él.
Hipotecar el derecho de usufructo
Conforme al artículo 107 de la Ley Hipotecaria, el derecho de usufructo se puede hipotecar, extinguiéndose la hipoteca una vez que finalice el usufructo por causa ajena a la voluntad del usufructuario.
¿Qué obligaciones tiene el usufructuario de una vivienda?
Las obligaciones del usufructuario vienen establecidas en los artículos 491 y siguientes del Código Civil. Tratándose del usufructuario de una vivienda, las principales son las siguientes:
Hacer inventario
El usufructuario debe hacer inventario, describiendo el estado de la vivienda. Se le puede dispensar de esta obligación si con ello no perjudica a nadie.
Prestar fianza
Entre las obligaciones del usufructuario se encuentra la de prestar fianza, pero no en todos los casos, ya que existen ciertas excepciones. Por ejemplo, si el usufructuario es padre o madre del nudo propietario de la vivienda, no tiene que cumplir con esta obligación.
Cuidar la vivienda
Una obligación obvia, pero expresamente contemplada en el Código Civil, es que el usufructuario cuide lo dado en usufructo “como un buen padre de familia”. De modo que el usufructuario debe emplear toda la diligencia posible a la hora de usar la vivienda.
Responder por los daños que produzca el nuevo usufructuario
En caso de que el usufructuario enajene o arriende su derecho de usufructo, tendrá que responsabilizarse de los daños que produzca en la vivienda el nuevo usufructuario.
Hacer las reparaciones ordinarias necesarias
También será obligación del usufructuario realizar las reparaciones ordinarias que precise la vivienda. Se entenderán como tales las que requiera el uso normal de la misma, así como las necesarias para su conservación.
Avisar al propietario de las reparaciones extraordinarias urgentes necesarias
Las reparaciones extraordinarias corren a cargo del nudo propietario, pero el usufructuario tendrá que avisarle cuando la necesidad de realizarlas sea urgente.
Pago de cargas y contribuciones anuales
Las cargas y contribuciones anuales, así como los gravámenes de los frutos, son a cargo del usufructuario.
Avisar al propietario de actos de terceros que puedan lesionar el derecho de propiedad
En caso de que el usufructuario incumpla esta obligación, responderá de los daños y perjuicios ocasionados por ello.
Pagar los gastos, costas y condenas de los posibles juicios
Si tiene lugar algún procedimiento judicial cuyo objeto sea el propio usufructo de la vivienda, el usufructuario tendrá que pagar los gastos, costas y condenas que se produzcan.
