¿Quién puede reclamar por el “cártel de coches” y cuánta indemnización se puede conseguir?

Reclamar por el cártel de coches

El cártel de coches es el nombre con el que se denominó a un sistema cerrado de empresas auto agrupadas. Diferentes marcas del sector del automóvil la conformaron con el fin de intercambiar información sensible que afectó al mercado.

Esta especie de sociedad funcionó desde el año 2006 hasta el año 2013 y operaba en el territorio nacional español. Se estima que un 91% de las empresas del sector pertenecieron a este cártel, dejando en total desventaja competitiva al resto.

Funcionamiento del cártel de coches en España

Según lo informado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ratificado en el Tribunal Supremo, el cártel de coches funcionó durante 7 años. Fueron partícipes las principales marcas de fabricación y distribución que operaban en el mercado español.

Entre los integrantes del grupo compartían información confidencial que afectaba al libre mercado.

Con este sistema se generaba un monopolio en el que los partícipes del conocido ‘Club de Marcas’ tenían el control absoluto. Es decir, se beneficiaban mutuamente sin dejar posibilidad de elección a los consumidores al mejor precio o servicio.

¿Qué información se compartía en el cártel de coches?

De la información que dominaban y compartían entre las empresas líderes que formaban el cártel de coches, se destaca la información vinculada a:

  1. Estrategias de distribución comercial, que incluye resultados de ventas, acuerdos comerciales con las concesionarias, planes de comercialización.
  2. Servicios de postventa y marketing. Todos los datos sobre las posibles actividades que servirían para fidelizar y captar potenciales clientes si se gestionaban en la intimidad empresarial.
  3. Políticas empresariales y estrategias comerciales actuales: información sensible sobre las condiciones y programas empresariales.

¿Qué marcas están afectadas al cártel de coches español?

Si bien se identifican más de 20 marcas como partícipes del cártel, no todas estuvieron presentes todos los años de manera simultánea.

Este factor no libera de responsabilidad, por lo que se considera partícipes a:

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Land Rover, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Saab, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo, Dacia, Mini, Smart.

Con la finalidad de una reclamación, será necesario verificar el periodo de tiempo en el cual la empresa reclamada fue parte.

¿Quiénes pueden reclamar?

La estimación realizada es que son más de 10 millones de personas las damnificadas por el cártel de coches. Tanto personas físicas como jurídicas que han comprado sus vehículos entre los años 2006 y 2013 podrían tener el derecho a reclamar a las firmas automovilísticas y sus concesionarias.

Para saber si esa transacción habilita a una reclamación, será necesario verificar que la firma se encuentra entre las integrantes del cártel. Además, es necesario documentar que tal compra o leasing existió en ese periodo.

Documentación para reclamar por el cártel de coches

Para iniciar el trámite de reclamación por la vía judicial es necesario que el interesado cuente con la siguiente información:

  • Factura emitida por la empresa, que certifique la adquisición del vehículo por el cual se ha sufrido el daño o perjuicio del cártel de coches.
  • En el caso de leasing o contrato de renting será suficiente la póliza suscrita con la entidad financiera interviniente.
  • Ficha técnica del vehículo.
  • Permiso de circulación del coche.

¿Cómo se reclama la indemnización por el cártel de coches?

Con la documentación necesaria se presenta una demanda judicial, en la que se reclama el sobrecoste sufrido con la adquisición del vehículo. No obstante, es conveniente realizar reclamación extrajudicial previa a fin de evitar el periplo judicial e interrumpir la prescripción de la acción. En cualquier caso, el asesoramiento legal es muy importante para tener resultados exitosos.

En la práctica, se emitirá un informe pericial personalizado en cada caso, que permitirá identificar el sobrecosto que impactó en la transacción.

El informe pericial, cuanto más detallado y claro, es un medio de prueba consistente en los Tribunales. Así se ha demostrado en las sentencias favorables para miles de clientes afectados por el cártel de coches.

Un factor clave es el tiempo que poseen los damnificados para presentar la reclamación. El artículo 1968 del Código Civil establece que el plazo es de un año a contar a partir de la sentencia del Tribunal Supremo.

¿Cuánta indemnización se puede conseguir por el cártel de coches?

Cada persona damnificada debe realizar una valoración de su perjuicio en particular. Asimismo, existe una media de indemnización que oscila entre el 10% y 15% del valor pagado por el vehículo.

En todos los casos, es el informe del perito judicial experto el que puede establecer el importe de la reclamación. En este documento se especifica el grado y alcance del sobrecoste impuesto, después de un análisis de las circunstancias específicas de la transacción.

La empresa demandada deberá indemnizar con el importe correspondiente a ese porcentaje. Además, en caso de éxito, también deberá afrontar los gastos de honorarios y costas judiciales asociadas al proceso.

¿Por qué reclamar por el cártel de coches?

Las empresas que han sido parte del cártel de coches han tenido una conducta anticompetitiva desfavorable para el consumidor y la competencia.

Esta forma de negocio generó que las marcas que no participaron queden en inferioridad de condiciones para competir en el mercado.

Por otro lado, al compartir toda la información de marketing, políticas empresariales y comerciales, se monopolizó el sector. Los consumidores no tuvieron oportunidad de elegir una empresa con mejor precio o servicio.

Por ello, al monopolizar el precio, todos los que adquirieron un vehículo en esas condiciones, pagaron un sobrecoste.

Para concluir

La justicia ha sido clara en sus sentencias contra el cártel de coches. La existencia de este sistema ha sido ya corroborada, por lo que sus damnificados tienen derecho a ser resarcidos.

Más de 20 empresas han participado de este grupo de intercambio de información sensible que afectó directamente al mercado y como consecuencia a los consumidores.

Todas las personas afectadas pueden recibir una indemnización entre el 10% y el 15% del valor de su vehículo. Solo se debe contar con la documentación de adquisición del coche y un perito que realice el informe pericial judicial pertinente para demostrar el perjuicio.

La clave está en no dejar pasar el plazo establecido y contar con la ayuda de un experto.

Concertar cita
Puede llamarnos al 968 73 35 10 o dejarnos su nombre y teléfono para que nos pongamos en contacto con usted a fin de concertar cita para su consulta.

    Al contactarnos acepta que tratemos sus datos según nuestras Condiciones de Uso y Privacidad. Más informaciónLos recogemos para responder su consulta, siendo la base legal nuestro interés legítimo en atender y responder a nuestros usuarios. No compartiremos sus datos con terceros, salvo obligación legal. Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, entre otros, según nuestras Condiciones de Uso y Privacidad.

    ¿Por qué debería escogernos?
    Atención personalizada
    Opción de pago a plazos
    Rápida respuesta
    Abogados especialistas
    ¿Dónde encontrarnos?
    C/ Portillo de San Antonio Nº6 8ºA 30005 Murcia, Región de Murcia 968 73 35 10 [email protected]
    Abrir chat
    1
    💬 ¿Necesita ayuda?
    Hola!!

    Indíquenos su nombre, número de teléfono de contacto y motivo de consulta para que contactemos con usted.

    Escoja la franja horaria en la que prefiere que le llamemos ( mañanas de 9:30 a 14:30 o tardes de 16:00 a 19:00 )