Hay una duda que asalta a muchos padres y madres: ¿es mejor donar los bienes a los hijos en vida o dejarlos en herencia?
Puede parecer que esperar al fallecimiento conlleva demasiado tiempo y que la mejor opción para ayudar económicamente a los hijos es la donación. Pero, ¿qué conlleva?
No siempre son ventajas, por eso es importante conocer muy bien el procedimiento.
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Contacte con nosotrosLa donación y sus condiciones
Donar es un acto libre mediante el cual alguien entrega a otra persona, de manera gratuita, alguna cosa. Es, en pocas palabras, un regalo, aunque no siempre ventajoso.
Muchas veces, hacer una donación en vida a los hijos permite a los padres ayudarles económicamente. Y no solo con dinero, ya que es posible donar viviendas, locales, terrenos, obras de arte, joyas, etc.
Todo lo que se puede donar se clasifica en tres grandes grupos:
- Bienes muebles: serían los cuadros o las joyas de gran valor, por ejemplo, para lo cual no es necesario recurrir a un notario. Es posible hacer oficial la donación mediante documento privado.
- Bienes inmuebles: en este caso, si hablamos de terrenos, viviendas, locales, si hay que acudir a un notario y otorgar escritura pública.
- Dinero: se encuentra dentro de los bienes muebles y no hace falta ir al notario, pero lo incluimos aparte porque en muchas Comunidades Autónomas se aplican bonificaciones a la donación de dinero. Y, para acceder a ella, sí que se requiere otorgar escritura pública.
Normalmente, se opta por la donación en vida cuando la situación económica del hijo lo requiere. O cuando los progenitores tienen muy claro qué quieren dejar a cada hijo y no quieren esperar a la herencia.
Además, es importante recordar que los donantes pueden imponer determinadas condiciones a sus donaciones.
Así, por ejemplo, pueden pedir a cambio que quien recibe la donación les cuide. O, si donan una vivienda, pueden quedarse con el usufructo hasta su muerte.
¿Hay que pagar impuestos por la donación?
Sí, la donación lleva implícitas ciertas obligaciones fiscales, tanto para los donantes como para los que reciben la donación.
A continuación, repasamos todos los impuestos relacionados:
El Impuesto de Donaciones
Quien recibe la donación ha de hacer frente al Impuesto de Donaciones, y debe hacerlo en un plazo no superior a 30 días desde que la recibe. La liquidación de este impuesto tendrá que hacerla en su Comunidad Autónoma, si lo donado es dinero o cualquier otro bien mueble. Si hablamos de bienes inmuebles, entonces el impuesto se paga en la Comunidad Autónoma donde se ubique el bien.
Sobre el importe del Impuesto de Donaciones, hay que tener en cuenta que es un impuesto que se ha cedido a las Comunidades Autónomas. Por lo tanto, en cada una se pagará una cantidad diferente.
Para hacernos una idea de hasta qué punto llegan las diferencias, en Andalucía o Madrid, por ejemplo, este impuesto está bonificado en un 99%. Esto significa que quien recibe una donación solo tiene que pagar el 1%, si se cumplen todas las condiciones.
Pero no en todas las regiones rigen las mismas condiciones, por lo que habrá que valorar cada caso de manera particular.
Puede obtener toda la información sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Murcia aquí.
La plusvalía municipal
La plusvalía municipal (formalmente llamado Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana) se aplica cuando lo donado es un bien inmueble de naturaleza urbana. Es decir, si se trata de un local, una vivienda, un terreno urbano o un garaje.
También le corresponde pagarlo al que recibe la donación, y dispone de 30 días para hacer el pago.
En función de cuál sea el Ayuntamiento donde se encuentre el bien inmueble y su valor, podemos hablar de un impuesto realmente alto.
El IRPF
Para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), una donación equivale a un incremento patrimonial. Y, como tal, hay que pagar por él.
Aunque, paradójicamente, corresponde a los donantes hacer frente a este tributo, que equivale a la diferencia entre el valor del bien cuando se adquirió y lo que vale cuando se dona.
El importe de este impuesto suele ser bastante alto, sobre todo en los casos en los que transcurren muchos años desde la compra del bien hasta su donación.
En definitiva, si tenemos todo esto en cuenta, es fácil deducir que no siempre la donación es la opción más rentable. Ni para los padres, ni para los hijos.