Una duda frecuente entre personas que temen perder su vivienda es si hay que seguir pagando una vez que el banco quita la casa. Por ello, en este artículo vamos a abordar este tema y las posibles soluciones ante estos casos.
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Contacte con nosotros¿Tengo que seguir pagando si el banco me quita la casa?
Desafortunadamente, en principio es así. Que el banco le quite la casa a una persona no quiere decir que la deuda quede saldada, por lo que tendrá que seguir pagando.
El embargo se produce con la idea de que se celebre una subasta con la que obtener dinero para cancelar la deuda. Pero por el momento, hay que seguir pagando.
Una vez que se celebre la subasta, normalmente se producirá una de las dos situaciones siguientes:
- Que se obtenga dinero suficiente para cubrir la deuda. En ese momento será cuando se pueda al fin dejar de pagar.
- Que no se consiga bastante dinero. La deuda será menor, pero se continuará debiendo esa parte pendiente de la hipoteca que no se ha logrado cubrir a través de la subasta.
¿En qué caso no tendría que pagar si el banco me quita la casa?
No se tendría que pagar la casa, una vez que el banco la quite, si la hipoteca incluye la dación el pago. Es decir, que al quedarse el banco la vivienda, el cliente quede liberado de la deuda.
Por desgracia, en España la gran mayoría de las hipotecas no contemplan la dación en pago. Así pues, lo más frecuente es tener que seguir pagando la casa aun después de perderla.
¿Puedo vender la casa aunque esté embargada?
Sí, no solo se puede hacer sino que es lo más recomendable en estos casos. Que pese una orden de embargo sobre el inmueble no significa que no se pueda enajenar.
Y siempre es recomendable intentarlo, ya que será la persona afectada quien ponga el precio, por lo que se puede obtener dinero suficiente como para cancelar la deuda.
Como vimos anteriormente, en la subasta no está garantizado que se obtenga suficiente dinero como para dar la deuda por saldada.
Así pues, es muy importante intentar vender la propiedad mientras se esté a tiempo, poniéndole un precio suficiente como para ponerte al día con el banco.
¿Se aplica el mecanismo de la segunda oportunidad a la deuda hipotecaria?
El mecanismo previsto en la Ley de Segunda Oportunidad no está previsto en el caso de las deudas hipotecarias. Por lo tanto, no puedes acogerte a este sistema para intentar cancelar la deuda.
Sin embargo, si se produce una subasta y no se obtiene suficiente dinero como para pagar la deuda completa, sí se puede aplicar la segunda oportunidad a la deuda restante.
Pero para ello, es necesario reunir los requisitos que exige la ley (entre ellos, tener deudas con más de un acreedor y ser deudor de buena fe).